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La Corte Internacional de Justicia abre una vía a las "reparaciones" climáticas
Los Estados que violen sus obligaciones climáticas cometen un acto "ilícito" y pueden estar obligados a pagar indemnizaciones a los países más afectados, concluyó el miércoles la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en una opinión consultiva que puede influir en la jurisprudencia global.
La opinión de la más alta instancia judicial de la ONU sobre las obligaciones legales de los países para frenar los efectos del cambio climático y la responsabilidad económica generó expectación, ya que muchos expertos creen que la opinión de los magistrados puede marcar un punto de inflexión para los litigios climáticos en todo el mundo.
"Las consecuencias del cambio climático son graves y tienen un gran alcance: afectan tanto a los ecosistemas naturales como a las poblaciones humanas. Estas consecuencias ponen en relieve la amenaza urgente y existencial que supone el cambio climático", declaró el presidente de la CIJ, Yuji Iwasawa, al inicio de la audiencia en La Haya.
El tribunal concluyó por unanimidad que la "violación" de las obligaciones climáticas por parte de un Estado constituye "un acto internacional ilícito", susceptible de dar lugar a indemnizaciones a los países afectados, en determinadas condiciones y según cada caso.
"Las consecuencias jurídicas derivadas de la comisión de un acto internacional ilícito pueden incluir (...) la reparación íntegra del perjuicio sufrido por los Estados lesionados en forma de restitución, indemnización y satisfacción", declaró el juez Iwasawa.
Sin embargo, los magistrados agregaron que debe establecerse una relación causal directa y cierta "entre el acto ilícito y el perjuicio", lo cual, aunque difícil de demostrar ante un tribunal, "no es imposible".
Este dictamen es de caracter consultivo y no vinculante, pero al ser emitido por la máxima autoridad judicial de la ONU, establecerá una interpretación jurídica sólida para guiar futuras acciones o decisiones judiciales de todo el mundo, en términos de justicia climática. También podría sentar jurisprudencia de cara a leyes.
- El cambio climático comprometería el "derecho a la salud" -
Durante el proceso, 15 jueces de la CIJ se pronunciaron con respecto a dos preguntas.
¿Qué obligaciones tienen los Estados, en virtud del derecho internacional, de proteger la Tierra de las emisiones de gases de efecto invernadero generadas por la combustión de petróleo, gas y carbón para las generaciones presentes y futuras?
¿Cuáles son las consecuencias jurídicas de estas obligaciones cuando los Estados, "por sus actos y omisiones, han causado daños significativos al sistema climático, en particular a los Estados insulares vulnerables de baja altitud?
La segunda pregunta se refiere a las responsabilidades de los Estados por los daños causados a países pequeños y más vulnerables y a sus poblaciones, en particular los amenazados por la subida del nivel del mar y las condiciones meteorológicas extremas en regiones como el océano Pacífico.
"Con respecto a la obligación de prevenir daños significativos al medio ambiente, el Tribunal considera que también se aplica al sistema climático, que forma parte integrante y es un componente esencial del medio ambiente y que debe protegerse para las generaciones actuales y futuras", afirmó el juez Iwasawa.
El magistrado agregó que "los efectos adversos del cambio climático podrían perjudicar significativamente el disfrute efectivo de ciertos derechos humanos, como el derecho a la salud" y "el derecho a un nivel de vida adecuado".
La Corte celebró en diciembre en el Palacio de la Paz la audiencia más grande de su historia, con más de 100 naciones y grupos que se expresaron.
Como si fueran David contra Goliat, el debate enfrentó a los pequeños países en desarrollo contra las economías avanzadas.
Durante sus audiencias, en diciembre, el tribunal escuchó más de 100 alegaciones, un récord. Muchas de ellas procedían de Estados pequeños que comparecían ante el tribunal por primera vez.
Los grandes contaminadores, como Estados Unidos e India, argumentaron que el arsenal jurídico existente -la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) y las COP anuales- era suficiente.
Sin contar con que Estados Unidos, bajo la presidencia de Donald Trump, retiró su financiación de la CMNUCC y se desentendió de su pacto histórico, el Acuerdo Climático de París.
Los pequeños países reclaman a los contaminadores históricos que paguen compensaciones, una demanda inaceptable para los países más industrializados. También exigen un calendario para la eliminación de los combustibles fósiles y el reconocimiento de los errores del pasado.
E.Hall--AT